Estimado usuario, se le informa que el día 06 de julio de 2022, vence el periodo
de transición de 90 días naturales que nos fue otorgado por el SAT, derivado de la
resolución de la revocación de la autorización para operar como proveedor de
certificación de CFDI. Es importante comunicarle que, conforme a lo establecido en la
regla 2.7.2.12., de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, el día 07 de mayo de 2022,
concluyen los primeros 30 días naturales que comprende dicho periodo y a partir de
esta fecha, ya no se podrá realizar la certificación de CFDI, por lo que se le hace una
atenta invitación para contratar a cualquiera de los proveedores de certificación de
CFDI publicados como autorizados en el Portal del SAT en Internet
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Paquetes mayores de 2,000 Timbres Facture Timbrado